Plebiscito y Referéndum
Plebiscito | Referéndum | |
Semejanzas | Ambos son mecanismos de participación democrática de la ciudadanía concebidos en el ordenamiento jurídico colombiano. | |
Diferencias | Es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del Ejecutivo. sólo puede ser convocado por el Presidente de la República. consulta al pueblo, a través de una votación en las urnas. en el que los votantes dicen si aprueban o rechazan una decisión. no aparecen textos de artículos, sino una pregunta general, a la que el ciudadano deberá responder si o no. se estará dando vía libre también al desarrollo de leyes y reformas constitucionales que se deban hacer para cumplir con ese acuerdo final. | Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente. pueden tener iniciativa de autoridad pública o ciudadana. puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local. para hacer un referendo nacional también se debe aprobar una ley que lo convoque y esta debe ser aprobada por 135 parlamentarios. los votantes tendrían que decir sí o no a cada uno de los cientos de artículos que podrían conformar el texto del referendo en todos los artículos. |
Importancia | Es importante ya que se reconoce el cómo la ciudadanía puede ejercer algunos de sus organismos de participación, lo que también le da valor a las diferentes funciones del presidente de la república. |
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